Información Oficial
México, D.F.
Amnistía Internacional
(AI) hace un llamado al diputado Francisco Arroyo Vieyra y otros diputados para
que retiren la iniciativa de reforma al Artículo Primero de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos que pone en grave riesgo importantes avances normativos
en protección a los derechos humanos que se produjeron gracias a la reforma del
texto constitucional en 2011.
Con este llamado, AI se suma a intelectuales, defensoras
y defensores de derechos humanos y organizaciones de la sociedad civil mexicana
que en los últimos días han manifestado su grave preocupación por el debilitamiento
de la protección de los derechos humanos que se produciría de aprobarse la
iniciativa presentada por el diputado Arroyo Vieyra.
La organización
considera positivo la postura del diputado anunciada ayer durante una
entrevista en radio de no seguir promoviendo la iniciativa al reconocer la
amplia consternación que ha provocado desde que él la presentó y fue publicada
el 3 de enero en la Gaceta Parlamentaria.
Sin embargo, en tanto
esa iniciativa no sea retirada de forma oficial de la Cámara de Diputados
existirá la posibilidad de que esta pueda ser impulsada posteriormente por otros
integrantes de la Cámara. AI solicita su retiro oficial por su incompatibilidad
con el objetivo de la reforma constitucional en materia de derechos humanos de
2011 y las obligaciones internacionales de México en la materia.
Adicionalmente,
quienes integran el Congreso deben asumir la obligación de armonizar el resto
de la legislación de acuerdo a las obligaciones que actualmente establece el
Artículo Primero de la Constitución y los tratados internacionales de derechos
humanos, para así asegurar que todas las
personas en México podrán acceder en la práctica a los derechos que estos
instrumentos les otorgan.
Antecedentes
La propuesta de
reforma del diputado Francisco Arroyo Vieyra contempla incorporar al Art. 1 de
constitución esta frase: “De existir una contradicción de principios entre esta
Constitución y los Tratados Internacionales de los que México sea parte, deberá
prevalecer el texto constitucional, conforme a lo previsto en su artículo 133”.
La consecuencia de
esta reforma sería de dejar sin efecto el principio
pro persona consagrado en la reforma constitucional en materia de derechos
humanos de junio de 2011. Este principio garantiza la aplicación de la
interpretación más favorable a la persona en caso de contradicción entre la Constitución
y los tratados internacionales de derechos humanos. Por tanto asegura como
mínimo el acceso a los derechos
consagrados en los tratados internacionales ratificados por México a todas las
personas y cuando la constitución sea más favorable, la aplicación de lo que la
misma establece.
Amnistía Internacional
ha reconocido las reformas constitucionales de junio 2011 como trascendentales
en el establecimiento de un ordenamiento jurídico que garantice la protección
de los derechos humanos según las normas internacionales. El principio pro persona es un elemento
fundamental de estas reformas para obligar las autoridades, y en particular los
tribunales, a aplicar el criterio más protector de los derechos humanos. La
reforma de junio de 2011 rompió con el obstáculo histórico de limitar la
protección de los derechos humanos a la interpretación de la constitución y no
las normas internacionales de derechos humanos, que en si misma es contrario a
las obligaciones asumidas al ratificar los tratados internacionales de derechos
humanos.
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